Avanza la presentación judicial en defensa del Polideportivo Santojanni
Esta semana se produjeron novedades importantes en la tramitación del amparo judicial, que, con respaldo del Ministerio de la Defensa, vecinas y vecinos de Liniers presentaron para decir “No a la privatización del Poli Santojanni”.
El polideportivo Santojanni es un espacio verde de uso público en el que se realizan actividades deportivas libres y gratuitas. El predio está asignado a distrito Urbanización Parque del Código Urbanístico, que identifica a las áreas destinadas a espacios verdes y parquización de uso público, en las cuales sólo se pueden autorizar obras de exclusiva utilidad pública que complementen y no alteren su carácter.
Este espacio fue donado en 1929 por Francisco Santojanni, un inmigrante italiano, para la salud y el bienestar del barrio. Es decir que el Gobierno de la Ciudad no puede desconocer la obligación fijada en su testamento, ya que, de acuerdo al Código Civil Comercial de la Nación si esa obligación no se respeta el derecho sobre la tierra queda sin efecto.
Incumpliendo el marco legal vigente y desconociendo los derechos de vecinas y vecinos, el Gobierno de la Ciudad concesionó a la empresa TRIXMA SRL, de Vicente López, la construcción y explotación de canchas de paddle y vestuarios, sobre una superficie de casi 1650 m2, lo que representa una cuarta parte del predio y compromete su añosa arboleda, perdiéndose un importante espacio de sombra de uso libre.
Esta semana, atendiendo a los argumentos presentados por vecinas y vecinos, el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario N° 22, a cargo de la Dra. María Rosa Cilurzo, dictó una medida precautelar por la cual ordena al Gobierno de la Ciudad que “suspenda la ejecución del Convenio de Permiso de Uso Precario y Oneroso celebrado el 1° de diciembre de 2025 entre la Dirección General de Concesiones y Permisos, la Secretaría de Deportes y la empresa Trixma S.R.L. así como la prosecución de las obras conexas a él, en particular la construcción de las canchas de paddle objeto de dicho convenio”, hasta tanto brinde la información solicitada sobre el impacto ambiental de las obras y se resuelva la medida cautelar definitiva.