Ecobici: La Justicia ordenó mantener las 20 estaciones de Zona Sur

El jueves 23, en la cuenta oficial de Twitter del Sistema de Transporte Público en Bicicletas que depende del gobierno porteño, se informó la remoción de 20 estaciones ubicadas en las comunas 1, 4, 7, 8 y 9. “Estudiamos ahora dónde relocalizarlas. Se trata de estaciones que tenían baja demanda y se registraban hechos de vandalismo y robos”, decía el twit oficial.

Ante esta situación, un grupo de legisladores y vecinos presentaron, el día 28, un amparo para restablecer las estaciones removidas, alegando que debe haber “una distribución territorial equitativa”, tal como lo establece la Ley 5954, que aprobó la concesión por diez años, mediante Licitación Pública, de la prestación del servicio.

El amparo que presentó la oposición en la Ciudad solicitó “la habilitación de la feria judicial y el dictado de una medida cautelar, consistente en la suspensión de la medida del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”.

El día 30 de enero el titular del juzgado de feria n.° 3 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, Victor Trionfetti hizo lugar a lo solicitado, resolvió habilitar la feria judicial y disponer en forma cautelar lo siguiente:

a) Ordenar al GCBA que se abstenga de remover o alterar el servicio de estaciones automáticas de Ecobici en la zona Sur de Buenos Aires, concretamente dentro de la competencia territorial de las comunas 1, 4, 7, 8 y 9 y que se garantice su debido funcionamiento,

b) Intimarlo para que en el plazo de dos días, informe si se ha procedido a remover 20 estaciones automáticas del Sistema Ecobici, en la Zona Sur, según habría comunicado en su cuenta oficial de twitter. Asimismo informe en el mismo plazo, cualquier novedad de relevancia respecto al Sistema Ecobici vinculado con la zona Sur de la Ciudad.

c) En caso de confirmarse la remoción de las estaciones antes indicadas el GCBA deberá señalar con precisión por medio de cuál acto administrativo se dispuso dicha remoción y acompañar acta certificada en soporte papel y digital y el expediente administrativo correspondiente.

El fallo hace referencia a:

La Ley 5954, que incorporó al Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad al Sistema de Transporte Público en Bicicleta y establece que las estaciones deben estar “ubicadas con una distribución territorial equitativa y dando prioridad a lugares estratégicos de trasbordo” y que “el sistema debe contar con un mínimo de diez por ciento (10%) de las estaciones existentes dentro de la zona sur de la Ciudad” (art.14.2.2. del Código de Tránsito y Transporte)

La afectación de varias disposiciones constitucionales, como el art. 18 que ordena que la ciudad promueva “el desarrollo humano y económico equilibrado, que evite y compense las desigualdades zonales dentro de su territorio” y las leyes que han procurado poner en valor este mandato, como la 6135, cuyo fin es “impulsar la integración urbana, el desarrollo social, económico y comercial en el Sur de la Ciudad”. O el Plan Urbano Ambiental (ley 2930) que fija en su art. 4 que se procurará “una ciudad integrada, policéntrica, plural, saludable, diversa”. Señala también la omisión de las instancias participativas de esa Ley (ejemplo art. 25 y 29) y las pautas de conectividad transversal fijadas en el artículo 6. También estarían comprometidas las competencias concurrentes de las comunas afectadas (art. 127, 128 y concordantes de la CCBA y Ley 1777 y podrían estar lesionados derechos de consumidores y usuarios, protegidos por la Constitución Nacional y la de la Ciudad

Además si los cierres se produjeran por motivos de robos y vandalismos, como dice el mensaje de twitter oficial existiría “una claudicación administrativa en cumplir con mandatos constitucionales vinculados con la seguridad ciudadana”.

Las estaciones que volverían a funcionar son: Pedro de Mendoza y Palos (Nº 179), Plaza Garay (195), Plaza José Martí (302), Del Barco Centenera 2292, (309), Eva Perón y Achával (312), Directorio y Olivera (323), Plaza Herrera (331), Miró 1684 (333), Plaza Nueva Pompeya (340), Tilcara 3318 (341), Del Tigre 3935 (342), Pomar 4152 (343), Plaza Tupac Amaru (354), Plaza Almirante Brown (358), Plaza Don Segundo Sombra (361), Plaza Díaz Vélez (366), Crisóstomo Álvarez 2873 (367), Berg 3402 (379), Plaza José C. Paz (388) y La Plata y Arbeletche (394).

La 323, de Directorio y Olivera, corresponde a la Comuna 9 y está ubicada en el Parque Avellaneda del barrio del mismo nombre, un punto estratégico para la conectividad dentro del territorio comunal y con el resto de la ciudad.

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