El barrio de Mataderos está delimitado por las avenidas Emilio Castro, Escalada, Eva Perón y General Paz. Limita con los barrios de Liniers al norte, Villa Luro al noreste, Parque Avellaneda al este y Villa Lugano al sur, y con localidades del Partido de La Matanza al oeste y sudoeste.
La Ordenanza Nº 45.966 de 1993 instituye el día 14 de abril de cada año como “Día del Barrio de Mataderos”. Se recuerda así la fecha en que, en el año 1889, se colocó la piedra fundamental de los nuevos mataderos, que desplazarían a los tradicionales Corrales Viejos, ubicados en la zona de Parque de los Patricios. Alrededor de las nuevas instalaciones comenzó a formarse el barrio, cuya población vivía principalmente de la nueva fuente de trabajo
Para su emplazamiento se habían elegido terrenos cercanos a la Estación Liniers, siguiendo el cauce del arroyo Cildañez. Esta zona rural no tenía nombre, se la ubicaba “al fondo del Partido de Flores, en los pagos de La Matanza, media legua al sur de Liniers”. En 1880 se produce la federalización de la Ciudad de Buenos Aires, acto por medio del cual el Poder Ejecutivo Nacional, puso bajo su jurisdicción el territorio de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y amplió sus límites, incluyendo además una gran superficie de tierras vacantes sobre las que se desarrollaron los barrios del futuro crecimiento.
El plano adjunto relaciona los antiguos límites de la ciudad de Buenos Aires y los Partidos de la Provincia de Buenos Aires con los actuales, y sus barrios.
La Ordenanza 26607 de 1972, que establecía los límites de los barrios de la Ciudad de Buenos Aires, fue derogada por la Ley 2412 del 2007, la que dispone que los barrios y sus delimitaciones serán establecidos por la Ley 1777 y sus modificatorias.
La Ley 1777, Ley Orgánica de Comunas fue aprobada en el año 2005 por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires. De acuerdo a ella, las Comunas son unidades de gestión política y administrativa descentralizada con competencia territorial, patrimonio y personería jurídica propia y su territorio se define por el agrupamiento de barrios.
Mataderos, que mantiene su delimitación anterior, junto a los barrios de Liniers y Parque Avellaneda, conforma la Comuna 9, ubicada en el sudoeste de la Ciudad de Buenos Aires, sobre el límite con los Partidos de La Matanza y Tres de Febrero.
Las Comunas tienen a su cargo en forma exclusiva: a) La planificación, ejecución y control de los trabajos de mantenimiento urbano de las vías secundarias y otras de menor jerarquía; b) La planificación, ejecución y control de los trabajos de mantenimiento de los espacios verdes; c) La elaboración participativa de su programa de acción y anteproyecto de presupuesto anual, su ejecución y la administración de su patrimonio; d) La iniciativa legislativa y la presentación de proyectos de decretos al Poder Ejecutivo; e) En general, llevar adelante toda acción que contribuya al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes y al desarrollo local
Además, tienen a su cargo en forma concurrente con el Poder Ejecutivo: a) La participación en la planificación, prestación y control de los servicios; b) La decisión, contratación y ejecución de obras públicas, proyectos y planes de impacto comunal, así como la implementación de programas locales de rehabilitación y desarrollo urbano; c) La fiscalización y el ejercicio del poder de policía, de las normas sobre usos de los espacios públicos, suelo y las materias que resulten de los convenios que se celebren a tal efecto; d) La evaluación de demandas y necesidades sociales en su ámbito territorial.; e) La participación en la formulación y ejecución de programas de desarrollo y promoción de derechos que, desarrollados por el Poder Ejecutivo, tengan incidencia en su ámbito territorial; f) La gestión de actividades en materia de políticas sociales y proyectos comunitarios que pueda desarrollar con su propio presupuesto; g) La implementación de un adecuado método de resolución de conflictos mediante el sistema de mediación comunitaria; h) El desarrollo de acciones de promoción, asistencia y asesoramiento a entidades vecinales no gubernamentales, sociedades de fomento, asociaciones cooperadoras, de consumidores y usuarios, clubes barriales y otras asociaciones civiles sin fines de lucro.