El fallo de la Jueza Liberatori rechazando el levantamiento de la medida cautelar solicitado por el Gobierno de la Ciudad, en el marco del amparo contra la ejecución de la obra Metrobus Alberdi Directorio reafirma los aspectos fundamentales de las leyes específicas que protegen el parque Avellaneda y su entorno, pese a la insistencia del GCBA por ignorarlos. A la vez demuestra la importancia del sostenimiento de los procesos de participación ciudadana y su institucionalización.
La comunera Lorena Crespo, firmante del amparo presentado señala al respecto: “Este logro se pudo alcanzar gracias a la movilización vecinal, de comerciantes, de comuneros, de la MTC y nuestra excelente abogada, la Dra. Amparo Posse. Seguimos luchando en todos los planos ante el caos de tránsito y cierre de comercios que ya ha producido la construcción del Metrobus en la zona de venta de sanitarios de Av. Alberdi: avisamos que eso iba a ocurrir pero el GCBA ha sido y es sordo a las necesidades vecinales y a quienes somos representantes de los intereses del pueblo de nuestras comunas”.
La Mesa de Trabajo y Consenso es un espacio de Gestión Asociada y Planificación Participativa integrado por funcionarios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, trabajadores y vecinos ciudadanos (Ley 1153/03). El proceso para llegar a su aprobación fue largo y el trabajo de construcción colectiva, intenso.
En 1989, luego de un largo período de decadencia, y tras la fundación del CESAV (Centro de Estudios y Actividades Vecinales de Parque Avellaneda), se inició un proceso de recuperación del Parque, basado en la gestión asociada y la planificación participativa. En 1996, los vecinos y el Gobierno de la Ciudad llegaron a un acuerdo por el Plan de Manejo del Parque y en el 2000 se reinauguró la casona de los Olivera como sede de la Mesa de Trabajo.
En 2003, la Legislatura sancionó la Ley 1153, que le da legalidad a esta forma de gestión asociada. Esta Ley instituye tres elementos: su consideración como una Unidad Ambiental y de Gestión, el Plan de Manejo como instrumento de planificación elaborado participativamente y la Mesa de Trabajo y Consenso “como instancia de participación abierta y pública” para la planificación-gestión, monitoreo y orientación del Plan, integrada por representantes de las distintas áreas de gobierno y “…las personas, grupos y organizaciones que sean necesarias y/o expresen un interés público en la gestión del parque”.
En 2009, otra ley, la 3042, crea el Área de Protección Histórica APH 45 y entorno, que establece que “El Parque Avellaneda conforma un espacio público a escala urbana con alto valor urbanístico-ambiental, arquitectónico e histórico”. En particular, en su Art. 3°, se refiere a “las masas arbóreas que por sus características particulares de tamaño, edad, valor simbólico, etc., gozan de una especial valoración” y establece que queda “prohibida la tala o trasplante de las especies vegetales de valor paisajístico“. El Organismo de Aplicación es “la Dirección General de Interpretación Urbanística, quien cumplirá sus funciones en coordinación con la Dirección General de Espacios Verdes y los Integrantes de la Mesa de Trabajo y Consenso del Parque Avellaneda, cuya opinión no será vinculante”.
Fabio Oliva, miembro de la Mesa de Trabajo y Consenso y permanente luchador por la defensa de la participación ciudadana pone el logro alcanzado en el contexto del largo proceso de la gestión asociada y participativa: “Este fallo dio visibilidad a la lucha del barrio que viene desde hace muchos años. La Ley de APH 45 no nos la regalaron. Fue promovida por la Mesa de Trabajo y consenso después de un trabajo de relevamiento del Patrimonio del barrio de más de 4 años, desde 2001 a 2005. En 2007 desde patrimonio de la ciudad querían declarar solo a la Casona patrimonio histórico y nosotros impulsamos que tenía que extenderse a todo el Parque Avellaneda y su entorno. La ley que desarrollamos es única en la ciudad y tuvo doble lectura con una Audiencia Pública que preparamos en siete reuniones y que fue histórica por la contundencia de más de veinte vecinos que se manifestaron. Ese proceso conforma la base para que la gran lucha actual pueda tener argumentos sólidos”.
Natalia Morandeira es Doctora en Ciencias Biológicas de la Universidad de Buenos Aires. También se presentó ante la Justicia y tuvo activa participación en la causa, con la fundamentación de la oposición a la ejecución de esta obra por su impacto negativo sobre las condiciones ambientales y por el incumplimiento de las normas de protección patrimonial y ambiental. Ella sintetizó la importancia de la lucha contra la construcción del Metrobus en la continuidad del trabajo por la defensa del parque y su entorno: “¡Todos los antecedentes que el GCBA quería desconocer! La Jueza en su fallo remarcó “Pareciera que el APH45 Parque Avellaneda y entorno, de 30 hectáreas, de pronto devino en un hallazgo”. Y cuestionó que recién en junio de 2023, por pedido de nosotros los vecinos, el GCBA finamente hizo intervenir a la Mesa del Parque Avellaneda. Además en el Juzgado tuvimos que explicarle al GCBA en qué consiste la MTC e insistir en que la ley 1153 sigue vigente (Le decían ex Ley 1153, luego de varios reclamos logramos que no quede escrito así en el Acta de una de las audiencias en el Juzgado). Sin el amparo no se hubiera reconocido el APH”